Aquellas personas que se encuentran en España con una autorización de estancia por estudios deben saber que, si quieren continuar con sus estudios en territorio español, van a tener que solicitar una prórroga de estancia por estudios.
La autorización de estancia se podrá prorrogar siempre que se acredite que la persona interesada sigue cumpliendo con los requisitos que establece la ley. Más concretamente, debemos cumplir con los previstos en el artículo 38 del Reglamento de la Ley orgánica 4/2000. En artículos anteriores hemos mencionado cuáles son los requisitos generales y específicos que necesitamos cumplir si queremos prorrogar nuestra estancia por estudios.
Otro de los puntos importantes que debemos tratar es quienes son las personas interesadas que podrán presentar esta prórroga de estancia por estudios, hablamos de los extranjeros que ya sean titulares de una autorización de estancia, que les haya permitido permanecer en territorio español con el fin de realizar alguna actividad que no sea laboral como, por ejemplo:
En todo caso, se debe presentar la solicitud dentro de los 60 días naturales anteriores al vencimiento del permiso de estancia inicial y también lo podremos solicitar dentro de los 90 días naturales siguientes a la caducidad.
Si te encuentras ante esta situación, y tienes alguna inquietud, no dudes en asesorarte. Recuerda que tienes más derechos de los que crees. En Sánchez Abogados asesoría legal, clara y justa.
Sara Fuster Torres.
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