
Este es el caso de muchos extranjeros que se encuentran de forma irregular en territorio español, y después de esperar 3 años ven la posibilidad de obtener un permiso de residencia a través del permiso de residencia por circunstancias excepcionales arraigo social.
Pero ¿Cuál es el problema con el que se encuentran? Que entre todos los requisitos que exigen si queremos tramitar este permiso de residencia, es necesario que presentemos un contrato laboral. Las dudas surgen cuando no sabemos que tipo de contrato necesitamos presentar, o si puede ser un contrato a tiempo parcial.
Por ello, lo primero que debemos tener en cuenta es que debemos tener un contrato de trabajo que cumpla con todo lo exigido en la Ley, en este caso será necesario que:
En este caso, no basta con que el contrato cumpla las condiciones señaladas anteriormente, también el empleador o empleadores debe reunir ciertas condiciones para que el trabajador pueda obtener una autorización de residencia por razones de arraigo social. Será necesario que se encuentre inscrito en la Seguridad Social, así como que este al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. A parte de ello, la empresa también deberá garantizar la actividad continuada y disponer de medios económicos, materiales o personales suficientes para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato.
Por todo lo anterior, si su intención es llevar a cabo la solicitud de autorización de residencia temporal por arraigo social y no cometer ningún error, desde Sánchez Abogados y nuestro departamento experto en extranjería, le recomendamos que acuda a un profesional que le asesore con fin de evitar cualquier tipo de inconveniente que pueda demorar la concesión de la citada autorización de residencia.
Sara Fuster.
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