
Es muy común que los extranjeros que entran en España como turistas posteriormente decidan quedarse a vivir, quedando indocumentados desde el momento en el que finaliza su periodo de estancia como turistas. Para muchos de ellos se hace muy complicado obtener un permiso de residencia y la mayoría acaban trabajando aunque se encuentren irregulares, es decir sin contrato.
Al igual que sucede con la autorización de residencia temporal por arraigo social (trámite con el que se suele confundir), se trata de una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
Además de todos los requisitos que se piden para el resto de trámites, como es el carecer de antecedentes penales en España y en los países anteriores de residencia, los dos requisitos fundamentales son los siguientes:
Dicho en otras palabras, se debe denunciar al empleador y aportar documentación acreditativa de que efectivamente hemos trabajado sin autorización y sin contrato.
Hay que tener muy en cuenta los requisitos arriba mencionados, puesto que, como comentábamos más arriba, el trámite del arraigo laboral se suele confundir con el del arraigo social y sin embargo nada tiene que ver uno con otro. La principal diferencia la encontramos en el requisito de permanencia continuada en España, pues para el arraigo social se exigen 3 años, mientras que para el arraigo laboral, tal y como hemos comentado, se exigen 2. Asimismo, para el arraigo social tendremos que aportar un contrato de trabajo o un proyecto de actividad para trabajar por cuenta propia, como autónomo, mientras que para el arraigo laboral no se requiere dicho contrato sino acreditar, a través de las dos formas arriba mencionadas, que se ha trabajado como mínimo seis meses sin contrato.
Al igual que sucede con el arraigo social, la solicitud de autorización de residencia temporal por arraigo laboral se debe presentar por el ciudadano extranjero personalmente en la Oficina de Extranjería. Una vez presentada toda la documentación y desde ese momento, la administración tendrá un plazo de 3 meses para resolver sobre nuestra solicitud. La concesión de la misma llevará aparejada una autorización de trabajo en España y tendrá una vigencia de un año.
Para llevar a cabo la solicitud de autorización de residencia temporal por arraigo laboral y no cometer ningún error, desde Sánchez Abogados y nuestro departamento experto en extranjería, le recomendamos que acuda a un profesional que le asesore con fin de evitar cualquier tipo de inconveniente que pueda demorar la concesión de la citada autorización de residencia.
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