
La regla general cuando eres acusado de un delito es que veas transcurrir el procedimiento en libertad provisional, pero excepcionalmente las personas deben esperar que su asunto evolucione estando dentro de prisión.
Cuando hablamos de que una persona se encuentra privada de libertad, puede estarlo de dos maneras:
– Una como penado, cumpliendo una sentencia condenatoria firme, correspondiendo, por tanto, al derecho penitenciario
– Y la otra forma es como preso preventivo.
Por todo esto, hoy, desde Sánchez Abogados vamos a contaros cómo se debe proceder para conseguir una libertad provisional.
Cuando una persona es detenida, la policía la traslada a los calabozos mientras elaboran el atestado, para posteriormente llevarla al juzgado que se encuentre en funciones de guardia. Momento en el que el Juez, o bien:
– Acordará la libertad provisional.
– O, por el contrario, acordará la medida de prisión preventiva.
Esto se da porque el juez instructor entiende que concurre alguno de los requisitos que marca la ley para acordar esta medida, que son básicamente:
– Riesgo de fuga – Riesgo de reiteración delictiva – Riesgo de ocultación de pruebas
El primer secreto radica en que, una vez presentada al Juez nuestra solicitud de libertad provisional, nos reunimos tanto con él como con el fiscal encargado de nuestra causa, tratando así de que aumenten nuestras posibilidades de éxito.
Desde Sánchez Abogados, nos desplazamos todas las ocasiones que sean necesarias para así, en el transcurso de una reunión, darle vida al escrito ya presentado, exponiéndole de viva voz y de la manera más rigurosa el caso concreto de nuestro cliente.
Otra clave fundamental para lograr la libertad provisional es ser nosotros quienes propongamos al Juzgado las medidas cautelares alternativas concretas a la prisión preventiva https://sanchez-abogados.comhe-ingresado-en-prision-de-forma-preventiva-tendre-qu e-encontrarme-en-esta-situacion-hasta-el-juicio/, aportando opciones más favorables para nuestro cliente pero que al mismo tiempo proporcionen al Juzgado la seguridad de que vamos a estar disponibles siempre que se nos requiriera, como por ejemplo las firmas quincenales, la retirada del pasaporte o la fianza.
Por último, el tercer secreto para lograr la libertad provisional es: insistir.
Los abogados podemos reiterarnos en nuestras peticiones tantas veces como consideremos oportuno, debiendo, por tanto, estar pendientes de cualquier cambio de las circunstancias, tanto respecto de nuestro cliente como del resto de investigados en la causa, habiendo conseguido ya en varias ocasiones la libertad provisional de clientes del despacho tras realizar una comparativa con la situación del resto de investigados, mediante el denominado “agravio comparativo”.
Y, por último, cabe recordar que frente a la desestimación de nuestra petición siempre podremos interponer recurso de reforma o de apelación para continuar defendiendo tus derechos.
Recuerda que es posible que tengas más derechos de los que crees, por ello, si te encuentras ante esta situación, y tienes alguna inquietud, no dudes en ponerte en contacto con nosotros para recibir una asesoría legal, clara y justa.
Nacimos en 2007, somos un equipo de especialistas en derecho internacional que damos asesoría tanto a empresa como a particulares.
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