
Las empleadas, o empleados de hogar, tienen los mismos derechos que el resto de trabajadores en régimen general, pero debido al carácter especial de su relación, tienen algunas reglas particulares que afectan al salario. Se tiene que realizar una revisión del salario todos los años conforme al SMI.
¿Cuál es el salario mínimo que se debe percibir?
Salario jornada completa: No existe una cantidad fija que se tenga que pagar a una empleada de hogar, lo que sí existe es un límite mínimo: no se podrá cobrar menos del SMI, o lo que es lo mismo, el salario mínimo interprofesional. Para este año 2017 el salario tendrá que ser como mínimo de 707,70 euros netos al mes en 14 pagas anuales, si se trabaja a jornada completa (40 horas semanales).
En el caso de que la nómina está prorrateada, sería 825,65 euros netos al mes en 12 pagas anuales.
Salario jornada media: En el caso de un contrato de 20 horas semanales, que es un contrato a media jornada, la cantidad mínima a percibir será de 353,80 euros netos en 14 pagas anuales.
*Para los trabajadores eventuales a los que se les paga por días, el mínimo a percibir por 8 horas de trabajo efectivo son 23,59 euros, y la cuantía proporcional a cobrar por hora es 5,54 euros.
Recordar que esto es la cuantía económica mínima que cobrará un trabajador de sueldo conforme la jornada laboral que realice. Con lo cual el salario puede ser mayor a esta cantidad tal y como lo pacten las partes, siempre estableciendo como base el SMI.
¿Existe algún modelo de nómina específico?
No, se trata de un recibo que es individual y tiene que justificar el pago. Se hace en la forma que las partes acuerden, sin necesidad de ajustarse a un modelo determinado. Existen modelos oficiales de recibos de salario en la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, pero también se puede hacer en una hoja en blanco donde deben figurar el nombre completo del empleado, el salario que ha recibido, si este salario está prorrateado o no, muy importante la fecha, y por supuesto la firma. Así seguro sabemos qué meses se han pagado, la cantidad y de esta manera se puede controlar si ha pasado un año para pedir la revisión del salario.
¿Las empleadas de hogar tienen derecho a recibir pagas extras?
Sí, las empleadas de hogar también tienen derecho a recibir las pagas extras. En el caso de las pagas extra del sueldo de empleada de hogar ocurre igual que en el resto de trabajadores que cotizan por cuenta ajena: tienen derecho a dos pagas extraordinarias. Estas pagas pueden recibirse de dos formas: pagas en los meses de junio y diciembre, coincidentes con la paga de verano y la otra en Navidad. Y la otra forma es prorrateada, es decir que a lo largo de todo el año en las 12 pagas ordinarias se pagan esas pagas extra.
Sea cual sea la opción deseada por la empleada de hogar, el total anual percibido por su trabajo debe ser mínimo de 9.906,40 euros con un contrato por 40 horas semanales. Las pagas extra pueden variar en cantidad en función de la suma que reciba la empleada de hogar al mes.
¿Y se puede pagar parte del salario en especie?
Sí, estaríamos hablando de complementos salariales en los cuales normalmente se trata de alojamiento y manutención. Cuando la empleada de hogar es interna, es decir, que vive en la misma casa que los empleadores, puede que perciba parte de su salario en especie. Se podrá descontar del salario el porcentaje que las partes acuerden, pero nunca podrá ser más del 30% del salario pactado. Además, el dinero que perciba anualmente la empleada de hogar interna, tendrá que ser siempre como mínimo el SMI en función delas horas trabajadas. Para que se puedan aplicar estos descuentos, hay que cumplir las siguientes condiciones:
– Que la percepción en metálico, una vez deducidas las prestaciones en especie, no quede en ningún caso por debajo de la cuantía del SMI.
– Que las percepciones en especie no superen el 30% de las percepciones salariales totales.
En caso de no saber si su salario es conforme a la ley o encontrarse en situación parecida, no dude en asesorarse de un especialista.
Recuerde, es posible que tenga más derechos de los que cree.
Iva Getsova
Letrada
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