Hace ya un tiempo alertaba sobre las consecuencias de no cumplir con las cartas de invitación, hoy con profunda preocupación debo poner en conocimiento el aumento de las sanciones por el incumplimiento de las mismas.
Y es que la policía nacional a través de la UCRIF (Unidad Central de Redes de Inmigración Ilegal y Falsedades Documentales) ha intensificado el control sobre las cartas de invitación realizadas en el último año y está imponiendo multas no solo a quienes realizaron la carta si no a quienes están permitiendo el empadronamiento de estas personas.
¿Es legal que la policía pueda multar por incumplir una carta de invitación?
Lo primero que se debe tener en cuenta que quien impone la multa no es la policía si no la delegación de gobierno, la policía realiza la propuesta, y es totalmente legal que lo haga.
Tenemos que recordar que La finalidad de las Cartas de Invitación es permitir al extranjero realizar un viaje a territorio español por una duración determinada y a cargo de una persona que puede ser familiar o amigo.
No en vano cuando la policía nacional cuando realiza las cartas de invitación tienen el deber de informar sobre todas la posibles consecuencias del incumplimiento y no importa si es mi madre, mi hermano, etc… el incumplimiento se consuma igual una vez pasa los 90 días.
Otro aspecto destacado a tener en cuenta es la posibilidad que el no retorno pueda ser constitutivo de un delito. El Código Penal tipifica como delito, en su artículo 318. Bis: «el que directa o indirectamente, promueva, favorezca o facilite el tráfico ilegal o la inmigración clandestina de personas desde, en tránsito o con destino a España, será castigado con la pena de cuatro a ocho años de prisión” y a pesar que se tendrán en cuanta muchos factores como el grado de parentesco la cantidad de personas que se invitan, te puedes ver inmerso en una situación jurídica compleja.
Recuerda siempre que puedes tener más derechos de los que crees, por eso en Sánchez abogados te brindamos una asesoría legal clara y justa.
Germán Salazar.
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