Vivir en España durante tres años de forma irregular es la meta que muchos extranjeros se han puesto como meta pensando en una posible regularización al pasar este tiempo, lo malo es que se utiliza este tiempo de forma equivocada y sin planificar lo que será la presentación del futuro expediente.
Junto con los tres años, la consecución de un contrato de trabajo se convierte en casi una obsesión a los extranjeros que suelen descuidar los demás requisitos que también son importantes por ello debemos recordarte que es muy importante en los expedientes de arraigo social el poder acreditar:
¿Hay algún requisito prescindible para la presentación del arraigo social?
Si, dependiendo el caso existen requisitos prescindibles en la presentación de un arraigo social, incluso el contrato de trabajo, ya que si no cuentas con un contrato, pero tienes una circunstancia especial como por ejemplo el contar con medios propios podrías presentar un arraigo social, así mismo si cuentas con un familiar directo, conyugue, padre, madre, etc. no estarás obligado a presentar en ningún caso el informe de inserción social.
Por todo lo anteriormente expuesto en esta breve reseña es bien claro que el hecho de contar con tres años de residencia irregular en territorio español no es suficiente para que puedas presentar con garantías un arraigo social, siempre hay que tener en cuenta todos los requisitos, si este es tu caso y están pensando en solicitar tu residencia por arraigo social asesórate recuerda que es posible que tengas más derechos de los que crees.
Germán Salazar.
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