Venimos de una epoca en donde se nos han quedado en la memoria imágenes tristes y dolorosas, de personas, familias enteras, que eran sacadas a la fuerza de sus viviendas, lamentablemente esta situación la tuvieron que sufrir muchos para que los dirigentes de este país, adquirieran conciencia de que tenían que aportar herramientas a los abogados que defendemos a estas familias vulnerables ante un desahucio.
Principalmente una de esas herramientas la venimos aplicando, desde el año 2012, con el primer Real Decreto que se creo para conseguir la suspensión del desahucio o lanzamiento de aquellas familias sin recursos que no tenían a donde ir, pero como la mayoría de las cosas que parecen fabulosas y fantásticas, había que cumplir requisitos bastante estrictos para poder conseguir dicha suspensión.
El panorama era , aquella familia que recibía la carta del Juzgado , diciéndole que tenia un mes o a veces menos de un mes para abandonar su vivienda, su lugar de refugio, su hogar, que hacían esas familias que no tenían a donde ir, se iban a quedar en la calle.
Con este Real Decreto se abría la posibilidad de no marcharse de su vivienda y quedarse en ella por dos años mas, pero lamentablemente fueron pocas las familias que alcanzaron este logro dentro de su proceso judicial.
Bien, por otra parte se volvió a ampliar el plazo y se consiguió la moratoria o suspensión de dos años mas, se terminaba este año, el ultimo plazo, pero con la nueva moratoria se abre la posibilidad de ayudar a mas familias a no tener que abandonar su vivienda hasta el año 2020.
Principalmente la modificación se basa en la flexibilidad de esos requisitos que eran casi imposibles de cumplir, la nueva norma o acuerdo consiste en analizar la situación económica pero sobre todo personal de la familia que esta a punto de ser desahuciada por el Banco, estas circunstancias son por ejemplo , la familia con menores de edad, pero sin limitación de que sean menores de 3 años, simplemente con que sean menores de 18 años, será requisito suficiente, aparte también se tiene en cuenta la situación de desempleo, sin necesidad de haber agotado todos los subsidios, otra cosa interesante es que se va a tener en cuenta no solo que haya un miembro con una discapacidad superior al 33 %, sino el hecho de que si hay algún miembro de la familia padeciendo una grave enfermedad o que haya alguna dependencia, será motivo suficiente para pedir la suspensión del lanzamiento.
Con estos requisitos mas flexibles, hay muchas posibilidades de que muchas familias no tengan que abandonar sus viviendas, mi consejo es intentar agotar todas la vías antes de abandonar la vivienda , para esto es necesario contar con la asesoría de un profesional en la materia, hay que analizar cada caso y no dejar que pase el tiempo sin que las condiciones de vulnerabilidad del deudor, sean puestas de manifiesto ante el Juez para evitar que mas familias sean tiradas de sus casas.
Recuerde, es posible que tenga mas derechos de los que cree.
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