
Muchos son los clientes que ha día de hoy nos llegan al despacho para preguntarnos si es posible que los padres que estaban de turismo se queden en España de forma legal.
Y la respuesta se encuentra condicionada ya que si hemos realizado una carta de invitación será muy difícil que podamos hacerlo, en este punto cabe recordar que existen estados que necesitan visado para que sus ciudadanos puedan venir de turismo con un máximo de 90 días de estancia.
Cuando ocurre esto el familiar (padre/madre, hijos) han tenido que demostrar en territorio de origen que tiene medios económicos justificativos de vida que le permiten realizar el viaje, lo que es contrapuesto a la solicitud que se realiza en el caso de familiares comunitarios, cuando son los padres o los propios hijos el reglamento de extranjería 240/07 exige que estos dependan económicamente del ciudadano español o europeo con el cual se va a reunir o acompañar.
Ahora, si el familiar no requiere de visado para efectuar la entrada en España, tampoco nos excusara para demostrar la dependencia porque se le exigirá llevar consigo todos los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos para la entrada en territorio español como turista y los medios económicos son igualmente importantes en ese momento.
¿Cómo debe entrar mi familiar(padre/madre, hijos) si posteriormente quiero hacerle una tarjeta comunitaria?
En pocas palabras es mejor decir siempre la verdad en el momento del control de admisión de entrada, “vengo a reunirme con mi hijo, con mi padre, y acto seguido exhibir los documentos acreditativos del parentesco y el acta de manifestaciones, los funcionarios del control de admisiones (policía nacional) están perfectamente preparados para afrontar este tipo de casos y dando entrada a nuestro familiar teniendo un plazo de 90 días para regularizar su situación.
Es verdad que la carta de invitación por sí sola no hace que nos denieguen el permiso de residencia pero sí que es muy probable que nos lleguen multas administrativas previstas en la ley de extranjería de 501 a 10000 por el incumplimiento de la misma, así que no hay necesidad de jugársela de esa manera si nuestro familiar ha llegado de turismo es mejor cumplir de forma fehaciente y volver a territorio de origen pasados unos meses podríamos solicitar el permiso de residencia que queremos sin infringir ninguna norma.
Recuerda que es posible que tengas más derechos de los que crees.
Germán Salazar.
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