
Hoy dedicaremos este espacio a responder las principales dudas que surgen en torno al proceso de la demanda de nacionalidad española por residencia.
Como todos sabemos, en el año 2015 entro en vigor el nuevo procedimiento que regula la presentación de la solicitud de nacionalidad. En él, se establece que todas las nacionalidades presentadas deben ser resueltas en el plazo máximo de un año desde que la solicitud efectuó la entrada en la DGRN, y en caso de no ser así entenderemos que nuestra solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo negativo.
¿Puede el interesado presentar este recurso contencioso administrativo de forma personal? No, con la interposición de esta demanda se inicia un proceso judicial, por ello, es necesaria la intervención de profesionales, abogado y procurador.
¿Dónde se debe presentar la demanda de nacionalidad y en qué momento? Se trata de un recurso contencioso administrativo que se interpone ante la Audiencia Nacional en Madrid, el nuevo procedimiento establece que todas las nacionalidades deberán ser resueltas en el plazo de 1 año desde la entrada en la DGRN, por ello, transcurrido este año se abre la posibilidad de presentar la demanda de nacionalidad.
¿Cómo es el proceso de interposición del Recurso Contencioso Administrativo ante la Audiencia Nacional? El primer paso es la preparación de un escrito a la Audiencia Nacional, a través del cual se realizará el anuncio de la interposición de la demanda. En este momento la Audiencia Nacional admitirá a tramite nuestra demanda y enviará un requerimiento a la administración solicitando nuestro expediente de nacionalidad española por residencia.
En este caso la administración puede atender el requerimiento y revisar nuestro expediente emitiendo una resolución, o puede enviar el expediente a la Audiencia Nacional para la interposición de la demanda de nacionalidad.
¿Es obligatorio la presentación de este recurso si queremos que resuelvan nuestra solicitud de nacionalidad por residencia? La presentación de este recurso es opcional por lo que en caso de que se decidiera no presentar la demanda de nacionalidad el proceso seguiría su curso hasta recibir una resolución por parte de la DGRN.
¿Qué conseguimos con la presentación del Recurso contencioso administrativo? Lo que se pretende con la interposición de esta demanda de nacionalidad es poner en conocimiento del Ministerio de Justicia este hecho, es decir, que ya ha transcurrido más de un año desde la presentación de la solicitud de nacionalidad y la misma no ha sido resuelta. De esta forma la Audiencia Nacional requerirá al Ministerio de Justicia que resuelva el expediente presentado y emita cuanto antes una resolución.
Por todo lo anterior, existe un proceso que agiliza la obtención de nuestra nacionalidad por residencia, pudiendo obtener una respuesta en el menor tiempo posible. Es por ello por lo que, desde nuestro departamento de extranjería de Sánchez Abogados, experto en este tipo de trámites, ofrecemos nuestros servicios para garantizarle un éxito total en la obtención de su nacionalidad tanto por la vía ordinaria como a través de la demanda de nacionalidad.
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Sara Fuster.
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