
Una de las posibilidades en las que se piensa cuando no tenemos documentación, no encontramos quien nos de un contrato de trabajo o no tenemos el tiempo necesario para un arraigo social es en el matrimonio, pero que a nadie deja indiferente por el respeto que impone y la responsabilidad social que acarrea, por ello muchos de los extranjeros que nos consultan piensan en la alternativa de una pareja de hecho.
Quienes son los Interesados/Solicitantes
Para poder realizar la inscripción como pareja de hecho, al menos uno de los miembros de la pareja deberá ostentar la vecindad civil valenciana, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana. Adquieren la vecindad civil valenciana los españoles que lleven, al menos, los dos últimos años empadronados en algún municipio de la Comunitat Valenciana, así como los españoles nacidos de padres que tengan tal vecindad. Sin embargo, los extranjeros no tienen vecindad civil valenciana.
¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
La inscripción de la unión de hecho tendrá un coste de 60,60 euros, que se devengará cuando se preste el correspondiente servicio.
Dónde dirigirse?
La solicitud se formulará por escrito, en modelo normalizado, dirigida al Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana.
La instancia se presentará preferentemente en la sede del Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana:
– REGISTRO GENERAL DE LA CONSELLERÍA DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA
C/ CASTÁN TOBEÑAS, 77. CIUDAD ADMINISTRATIVA 9 DE OCTUBRE – TORRE 4. 46018 Valencia
Tel: 012
– REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA – ALICANTE
RAMBLA MÉNDEZ NÚÑEZ, 41 (TORRE DE LA GENERALITAT)- 03002 ALACANT/ALICANTE
Tel: 012
– REGISTRO DE LA DIRECCIÓN TERRITORIAL GOBERNACIÓN Y JUSTICIA – CASTELLÓN
C/ MAYOR, 78 (CASA DE LOS CARACOLES) – 12001 CASTELLÓ DE LA PLANA/CASTELLÓN DE LA PLANA
Tel: 964358215
¿Cómo se debe gestionar?
Una vez presentada la documentación, y examinada por el funcionario encargado del registro procederá a su examen y valoración.
Posteriormente, los interesados deberán realizar una comparecencia personal ante el funcionario encargado del Registro, según donde se haya presentado la solicitud de inscripción en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana.
Una vez realizada, en su caso, la comparecencia personal ante el encargado del registro, el centro directivo con competencias en la materia dictará una resolución motivada sobre la concesión o denegación de la solicitud de inscripción.
Los efectos del silencio administrativo serán desestimatorios desde el transcurso de tres meses desde que la solicitud de inscripción haya tenido entrada en el órgano competente para su resolución.
En el caso de que la solicitud de inscripción sea estimada, el encargado del registro procederá a extender el correspondiente asiento en el Registro de Uniones de Hecho Formalizadas de la Comunitat Valenciana.
Se dictará resolución denegatoria de la inscripción de la unión de hecho cuando ninguno de los miembros de la unión de hecho ostente la vecindad civil valenciana, así como cuando se solicite la unión en alguno de los supuestos de prohibición (menores de edad no emancipados, casados con otra persona sin estar separados legalmente de la misma persona mediante sentencia judicial, los que mantengan una unión de hecho formalizada con otra persona y los parientes en línea recta, por consanguinidad o adopción, o colateral, en los mismos términos, hasta el segundo grado).
¿Qué recursos proceden contra la resolución?
– Recurso de alzada ante el secretario autonómico de Justicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación del acto si éste fuera expreso.
Recuerda siempre que puedes tener más derechos de los que crees.
Germán Salazar.
Nacimos en 2007, somos un equipo de especialistas en derecho internacional que damos asesoría tanto a empresa como a particulares.
© Copyright 2022 Sánchez Abogados
Madrid: Calle de la Princesa, 31
Planta 6 puerta 7.