
Si estamos pensando en presentar una solicitud de permiso de residencia por circunstancias excepcionales arraigo social, debemos tener en cuenta que uno de los requisitos que nos van a exigir es tener un contrato de trabajo, pero ¿sirve cualquier contrato de trabajo? La respuesta es no.
Lo primero que debemos tener en cuenta, es que no estamos presentando un contrato de trabajo como tal, sino que debemos aportar un precontrato que debe ir firmado por el empleador/empresario y por el trabajador.
La duración que debe tener este contrato de trabajo puede variar según la actividad que vayamos a realizar. La regla general es que debe de tener una duración mínima de un año, es decir, el contrato podrá tener una duración superior pero nunca podrá ser inferior. Si desarrollamos una actividad en el sector agrario podemos reducir estos tiempos, por ello, se podrán presentar dos contratos firmados con distintos empleadores, con una duración mínima de seis meses para cada uno de ellos.
La posibilidad de presentar dos contratos de trabajo existe, tal y como hemos visto para el sector agrario, aunque esto no solo se aplica a este sector, por ejemplo, también vamos a poder aportar dos contratos de trabajo siempre que se realicen en una misma ocupación y siempre que estos se desarrollen de forma simultánea. En este caso, los contratos deben tener una duración mínima de un año y la suma total de la jornada laboral de ambos contratos no podrá ser inferior a 30 horas.
Aunque por regla general, la duración de la jornada laboral no puede ser inferior a 40 horas, si se nos va a permitir presentar dos contratos de trabajo que representen entre ambos un total de 30 horas.
Si hablamos del salario mínimo que debe contener el contrato de trabajo, nada dice sobre esto la ley o el reglamento. En este caso es importante tener en cuenta que fijaremos esta cantidad de acuerdo con el salario mínimo interprofesional.
Aunque como requisito importante, todos los contratos que se presenten para el tramite de arraigo social deberán contener una cláusula especial, en ella se establecerá que la vigencia del contrato de trabajo dependerá de que el trabajador obtenga una resolución favorable respecto al permiso de residencia y trabajo.
Si te encuentras ante esta situación, y tienes alguna inquietud, no dudes en asesorarte. Recuerda que tienes más derechos de los que crees. En Sánchez Abogados asesoría legal, clara y justa.
Sara Fuster Torres.
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