
La autorización de residencia temporal por arraigo social es uno de los permisos más tramitados por los extranjeros en España. La autorización se concede a aquellos extranjeros que se hallen en España y, o bien tengan vínculos familiares en España o estén integrados socialmente.
El requisito más importante que debemos tener en cuenta es haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años. En este sentido, las ausencias de España durante este período no pueden superar los 120 días. Debemos tener muy en cuenta este requisito puesto que su incumplimiento supone la denegación automática del permiso.
En segundo lugar, será necesario acreditar que tenemos vínculos familiares con otros extranjeros residentes o con españoles que residan en España, o bien será necesario presentar un informe municipal que acredite la integración en el territorio español
En lo relativo a los vínculos familiares, solo podrán entenderse que existen cuando se trate del cónyuge, pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa.
Como tercer requisito, es necesario contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empleador por un período no inferior a un año. Por lo que respecta a este aspecto, se tendrán en cuenta los medios económicos, materiales o personales para hacer frente a su proyecto empresarial y a las obligaciones derivadas del contrato.
En cuanto a la documentación que se deberá aportar, es destacable la acreditativa de que la empresa/empleador/empresario garantiza la solvencia necesaria: última declaración del IRPF, IS y el informe de la vida laboral de la empresa.
La solicitud de autorización de residencia temporal por arraigo social se debe presentar por el ciudadano extranjero personalmente en la Oficina de Extranjería. Asimismo, la concesión de la misma llevará aparejada una autorización de trabajo en España y tendrá una vigencia de un año.
Para llevar a cabo la solicitud de autorización de residencia temporal por arraigo social y no cometer ningún error, desde Sánchez Abogados y nuestro departamento experto en extranjería, le recomendamos que acuda a un profesional que le asesore con fin de evitar cualquier tipo de inconveniente que pueda demorar la concesión de la citada autorización de residencia.
Sara Fuster.
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