En numerosas ocasiones escuchamos algún caso de familiar, conocido, o vecino que se pueda encontrar en esta situación, lo que no nos paramos a pensar es que es una circunstancia en la que cualquier persona de forma muy sencilla se pueda ver envuelta, tan solo por la llamada de un vecino que pueda pensar que tan solo por estar discutiendo, se pueda estar ejerciendo un maltrato en el domicilio, dando alarma a los agentes de la autoridad, y dando así comienzo a el inicio de lo que será un procedimiento penal.
Cuando existe cualquier tipo de denuncia, o de este tipo de llamada, los agentes de la autoridad se personan en el domicilio en concreto, y proceden de forma muy pautada, siempre con la detención de la persona en concreto, debiendo prestar declaración en sede policial, y posteriormente ante el Juez que se encuentre en funciones de guardia, dentro de los cuatro Juzgados que existen en Valencia competentes para los asuntos de violencia de género.
Este Juzgado será el encargo de decidir sobre nuestra situación personal, si acordar una libertad provisional, o por el contrario la prisión provisional, es fundamental estar bien asesorado desde el primer momento para evitar tener que encontrarse privado de libertad de forma cautelar, siendo que además en este tipo de delitos siempre va a llevar aparejada una prohibición de aproximación, y de comunicación, respecto de la posible víctima.
Con las ordenes de alejamiento debemos tener especial atención, porque tan solo por el mero incumplimiento estamos hablando de que se trata de un delito que tiene aparejadas penas de prisión de 6 meses a 1 año, además de las penas a las que nos podamos enfrentar en el procedimiento que podrán ser muy dispares e incluso alcanzar los tres años de prisión, en atención a las circunstancias.
Si la denunciante, o la presunta víctima, tanto como la persona que se encuentre perjudicada por este procedimiento, decidiesen retomar la relación, deberán prestar la debida atención y trabajar encaminado a ello, y todo esto ¿por qué? Porque la denunciante no decide sobre la orden de alejamiento, no puede retirarla en cualquier momento, sino que una orden de alejamiento cuando se establece, mientras dure el procedimiento, es inamovible, ya que es el Juzgado a través del Ministerio Fiscal quien va a ejercer la acusación respecto a nosotros, por ello hay que trabajar enfocado a poder archivar el procedimiento en el caso de que la pareja decidiese continuar la relación, existen métodos para poder logar el archivo, pero siempre desde el trabajo efectivo enfocado a ello. Desde Sánchez abogados, han sido numerosos los casos por malos tratos que hemos llevado a cabo, con un resultado muy satisfactorio para los clientes, tanto si hemos logrado archivar el procedimiento antes de llegar a juicio, como si por el contrario, se haya llegado a celebrar la vista, logrando en todo momento que el resultado sea favorable para el cliente, y que no le suponga en ningún caso la entrada en prisión, ya que por ende, la prisión provisional es la condena en la que se va a trabajar para nunca llegar a ella.
Si te encuentras ante esta situación, y tienes alguna inquietud, no dudes en asesorarte. Recuerda que tienes más derechos de los que crees.
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Andrea Sáez García.
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