La necesidad, la ansiedad en muchos casos hace que un ciudadano extranjero este muy preocupado por la demora en los expedientes de nacionalidad presentados en el año 2015 hasta la fecha.
Una de las cosas que más pone nerviosos y preocupa a quienes tienen expedientes en proceso es la falta de un número de registro que permita conocer el estado de la solicitud o si esta por lo menos ya ha sido recepcionada y digitalizada por la dirección general de notariado y registro.
Estando así las cosas es normal que surjan las siguientes dudas:
¿Qué expedientes pueden consultarse a día de hoy?
Se podrán consultar todos aquellos que tuvieron entrada en la Dirección de los Registros y el Notariado (DGRN) en el año 2014. Es decir los que fueron presentados, en su gran mayoría, en el año 2103 e incluso casi todo el mismo año 2014.
Ya que estos expedientes se encuentran meta datados y por consiguiente tienen un número de registro.
¿Qué sucede si presente mi solicitud en el año 2104 y a día de hoy no tengo ninguna noticia y menos un número de registro?
No es extraño que esto suceda, en estos casos lo normal es que hayas presentado la solicitud en el registro civil de tú localidad en el año 2014 pero está no hubiese llegado a la Dirección General de Notariado y Registro hasta el año siguiente es decir el año 2105.
Con esto quiero decir que no sucede nada malo con tú expediente es solo que debido al retraso que existe en la digitalización de expedientes del año 2015 solo se han podido digitalizar los del primer trimestre, por ello tendremos que llenarnos de paciencia a la espera que nos llegue el número de registro.
¿Se pueden consultar todos los expedientes presentados a través de la plataforma electrónica después del 15 de octubre de 2015?.
Lo normal es que si, todos estos tienen ya número de expediente porque al digitalizar los documentos y meta datarlos (subirlos directamente a la plataforma) se ha generado un número de expediente y por lo tanto pueden ser consultados.
¿Teniendo presentada la solicitud antes del 15 de octubre del año pasado y viendo que mi expediente ni siquiera esta digitalizado, puedo presentar la nacionalidad por el nuevo proceso?
NO, cuando la solicitud esta presentada esta tiene que o ser resuelta o archivada por la administración pero lo que no pueden es existir dos expedientes al tiempo.
Se dijo en un principio que la nacionalidad se resolvería en un máximo de un año y pasado este tiempo serian denegadas por silencio administrativo. ¿Están denegadas todas las nacionalidades presentadas por vía telemática y no resueltas en dicho tiempo?
Ni mucho menos, la seguridad jurídica no lo permite, solo el criterio que emplea el ministerio en estos casos hace que se resuelvan primero las presentadas primero en el tiempo y posteriormente las demás.
La nacionalidad española es un procedimiento administrativo bastante complejo asesórate jurídicamente para saber siempre en que punto del proceso te encuentras, recuerda que es posible que tengas más derechos de los que crees.
Germán Salazar.
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