
Casi medio millón de inmigrantes ha obtenido la Nacionalidad Española en los últimos meses. Y esto ha hecho que muchos de ellos se planteen que hay después de la obtención de la misma?
Al cambiar mi condición de extranjero se generan muchas dudas en torno los familiares y a la vida que he desarrollado hasta el día que he obtenido la misma, así que hemos decidido realizar un pequeño test con el cual intentaremos llevar a nuestros clientes a través del proceso posterior a la obtención de la nacionalidad y despejar alguna de las dudas más frecuentes:
¿Acabo de ver resuelta mi solicitud de nacionalidad por la página como va lo mío favorable que debo hacer ahora?
Una vez resuelta la nacionalidad, el siguiente paso es el de hacer la Jura, te realizaran el llamado por parte del registro civil durante los tres próximos meses si no te llaman debes descargar la resolución favorable de la pagina y acercarte al registro civil donde realizaste la presentación del expediente en donde te programaran un día para realizar la jura o podrán tomar la decisión de realizarla en el acto si fuese posible, esta decisión se tomara entorno al volumen de trabajo que tenga el registro en ese momento.
¿Ya he jurado la nacionalidad en el registro civil que debo hacer ahora?
Una vez realizada la jura de la nacionalidad, el registro civil que se hace ante el juez del registro los funcionarios proceden a realizar la primera inscripción. Se anotan nuestros datos en el registro civil (nombre, apellidos, nacimiento, padres, etc.) y se realiza la anotación marginal de adquisición de la nacionalidad española.
Cuando la inscripción es realizada, se nos facilita una certificación literal de nacimiento específica para con esta desplazarnos a la policía nacional que nos corresponda por domicilio y poder obtener el DNI español tras el pago de las correspondientes tasas, así mismo si lo deseamos podremos realizar nuestro primer pasaporte.
¿Puedo trabajar en otro país de la Unión Europea ahora que tengo el DNI español?
Sí podrás trabajar en cualquier país de la UE, una vez obtenida la nacionalidad estas en igualdad de condiciones que el resto de los españoles y otros ciudadanos de cualquier país de la Unión Europea.
¿Debo cambiar mi permiso de conducir, mi tarjeta de seguridad social o debo sacarlos de nuevo? Ósea presentar de nuevo examen de conducir y debo pagar por ello?
Si, una vez obtenido el DNI demos acercarnos a la oficina de trafico donde realizaremos el cambio de documento sin necesidad de pagar ni de realizar curso ni presentar el examen de nuevo, presentamos el carnet que tenemos cumplimentamos un formulario y nos realizan el cambio. Es igual cuando nos acercamos a la seguridad social nos realizaran el cambio sin ningún coste.
¿Si mi familia tiene una Tarjeta en Régimen general puede ahora modificar a una Tarjeta de Cinco Años como Familia de Comunitario?
La respuesta es sí. Incluso, es aconsejable teniendo en cuenta que las ventajas que ofrece el Régimen Comunitario son mayores que las que ofrece el Régimen General.
¿A que familiares puedo dar la nacionalidad?
Al convertirte en español adquieres los mismos derechos que los ciudadanos españoles independientemente de que no hubieras sido español de origen; por lo tanto, solo puedes otorgar nacionalidad a los hijos, y no a todos, el derecho a solicitar la nacionalidad española por opción se extingue a los dos años siguientes de cumplir la mayoría de edad el interesado que intenta la opción.
¿Que otros familiares se pueden beneficiar de la nacionalidad adquirida y a qué tipo de documentación tienen derecho?
Dependiendo del caso podrán optar a la Tarjeta de Familiar de Comunitario:
Nacimos en 2007, somos un equipo de especialistas en derecho internacional que damos asesoría tanto a empresa como a particulares.
© Copyright 2022 Sánchez Abogados
Madrid: Calle de la Princesa, 31
Planta 6 puerta 7.