
En la mayoría de ocasiones, muchas familias por cuestiones laborales han tenido que cambiar de ubicación, habiendo contraído matrimonio en su país de origen o bien se han casado en su país pero han inscrito su matrimonio ante el Consulado Español. Ante esta situación debemos tener en cuenta, que cualquier procedimiento de nulidad, separación, divorcio entre españoles, extranjeros y españoles- extranjeros, la competencia judicial dependerá del territorio donde se encuentre, todo ello, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 2201/2003 del Consejo, de 27 de noviembre de 2003, relativo a la competencia, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1347/2000, el cual dice:
– la residencia habitual de los cónyuges, o
– el último lugar de residencia habitual de los cónyuges, siempre que uno de ellos aún resida allí, o
– la residencia habitual del demandado, o
– en caso de demanda conjunta, la residencia habitual de uno de los cónyuges, o
– la residencia habitual del demandante si ha residido allí durante al menos un año inmediatamente antes de la presentación de la demanda, o
– la residencia habitual del demandante en caso de que haya residido allí al menos los seis meses inmediatamente anteriores a la presentación de la demanda y de que sea nacional del Estado miembro en cuestión o, en el caso del Reino Unido e Irlanda, tenga allí su «domicilio»;
En caso de que estés casado en tu país de origen, inscribiste el matrimonio en España, el último domicilio conyugal se encuentre en territorio nacional pero ambos cónyuges residan en distintos países o estén privados de libertad y se quieren divorciar de mutuo acuerdo, se puede tramitar el proceso judicial de divorcio en España, siempre que ambas partes hagan poder especial con convenio regulador protocolizado, para así evitar traslados hasta el juzgado para ratificar el convenio y así poder conseguir el fin del proceso, es decir, que conste inscrita la extinción del vínculo matrimonial en el Registro Civil oportuno.
Si te casaste en tu país de origen, tienes registrado el matrimonio en España y tienes dudas acerca del órgano judicial competente para conocer del procedimiento de divorcio, busca asesoría jurídica especializada.
VERA MONFORT
Abogado en Sánchez Abogados
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