Sabemos que a usted le preocupa ser detenido, ver su vehículo inmovilizado y verse ante el juez por conducir bajos los efectos del alcohol; por ello, consideramos importante que conozca sus derechos ante un control de alcoholemia y saber lo que puede hacer y cómo actuar ante estas actuaciones policiales que suceden todos los días y a cualquier hora del día. Lamentablemente es un tema habitual que cada fin de semana, cada día, goza de actualidad: el riesgo que generan los conductores que conducen bajos los efectos de alcohol y/o las drogas.
En primer lugar mencionar su obligación de someterse a dicho control, ya sea de alcoholemia o de consumo de drogas, cuando le sea solicitado por las fuerzas del orden; ya que si usted declara su negativa a realizar dicho control incurrirá en un delito del Código Penal español que contempla pena de prisión y retirada del carnet de conducir para este tipo de infracciones.
Por otro lado, una vez aceptada se le realizará una prueba con etilómetro digital. Si el resultado de esta prueba es positivo, por encima de los 0,25 mg/l de alcohol en sangre, será sometido a una segunda prueba que deberá realizarse en, al menos, los diez minutos siguientes a la primera. Si esta segunda prueba arrojara resultados positivos, y este resultado fuese superior a 0,60 mg/l de alcohol en aire pasaremos a enfrentarnos a un delito del código penal y no a una simple multa administrativa; por lo que, en consecuencia tendremos que pasar vista ante un juez.
Como última alternativa, los agentes de la autoridad deberán ofrecerle realizar una prueba de contraste mediante extracción de sangre en el Hospital más cercano. Para realizar esta prueba deberá abonar un depósito, puesto que si el resultado de esta prueba diera positivo, deberá abonar su coste; si por el contrario el resultado fuere negativo, le será devuelto el depósito y el estado será quien se haga cargo de los costes
Si como hemos hablado, el resultado es superior al límite de 0,60 mg/l de alcohol en aire, será detenido, su vehículo será inmovilizado y se le trasladará a dependencias policiales, donde deberá ser asistido de letrado y donde seguramente esperará hasta pasar a disposición judicial.
Por último, una vez se encuentre en el juzgado, precisará de nuevo de asistencia letrada, un profesional encargado de velar por sus derechos y ejercer su defensa. Aquí su abogado deberá valorar las circunstancias de los hechos y ser capaz de trasladárselas al Fiscal y al Juez con meridiana claridad, pues son múltiples y variadas las cuestiones que deberán tomarse en cuenta para evitar la posible condena.
Ante una que podrá ser de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad, pero que siempre irá acompañada de la retirada del carnet de conducir por al menos un año, recordar que la jurisprudencia ha establecido que la prueba de alcoholemia ni es la única, ni la decisiva o imprescindible para condenar por este delito, a cuya convicción se puede llegar por otras pruebas; por ello, busque un asesoramiento jurídico profesional y acuda a su abogado de confianza.
Javier Ruiz
Abogado Penalista
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