
Cuando conceden con una resolución favorable una reagrupación familiar en régimen general; envío la resolución al país donde se encuentra mi esposo(a), hijo(a), etc.… este solicita el visado por reagrupación familiar, llega a España y aquí “canjea” el visado por el permiso de residencia por reagrupación familiar en la comisaría de policía que le corresponda por domicilio sin que tenga que aportar más que el visado con el que viene, el permiso que tendrá una fecha de caducidad que será la misma del re agruparte (de cuando caduca la tarjeta de quien ha reagrupado).
Una vez que mi familiar tiene dicha tarjeta puede trabajar porque la Normativa establece que tienen derecho a trabajar aquellos reagrupados cuando tengan edad para hacerlo o alcancen la edad laboral sin necesidad de realizar ningún trámite administrativo.
Ahora bien, cuando se le caduque la tarjeta al reagrupado ¿qué debe hacer para modificar dicha tarjeta por reagrupación familiar a una tarjeta de residencia y trabajo?
Dependiendo del vinculo que se tenga con el familiar e incluso de la edad del reagrupado este podrá independizar su tarjeta el artículo 59 del Real Decreto 557/2011 dice al respecto “El cónyuge o pareja reagrupado podrá obtener una autorización de residencia y trabajo independiente, cuando reúna alguno de los siguientes requisitos: Contar con medios económicos suficientes para la concesión de una autorización de residencia temporal de carácter no lucrativo.
No tener deudas con la Administración tributaria o de Seguridad Social.
Así mismo debemos tener en cuenta las razones personales por las cuales también podríamos independizar la tarjeta por reagrupación
Cuando se rompa el vínculo conyugal que dio origen a la situación de residencia, por separación de derecho, siempre y cuando acredite la convivencia en España con el cónyuge o pareja re agrupante durante al menos dos años.
Cuando fuera víctima de violencia de género.
Por causa de muerte del re agrupante.
Si independizo mi tarjeta de la persona que me re agrupo sea por alcanzar la mayoría de edad o sea por los demás motivos que se acaban de exponer por cuánto tiempo me darán la nueva tarjeta?
La autorización independiente tendrá la duración que corresponda, en función del tiempo previo de vigencia de la situación de residencia por reagrupación familiar. En todo caso, la autorización independiente tendrá una vigencia mínima de un año.
Recuerda siempre que puedes tener más derechos de los que piensas.
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