
En el momento que decidimos abandonar el país por las circunstancias laborales y familiares, quedan pendientes muchos temas referentes a la situación familiar y que derechos perdemos tras la salida del país de los menores al extranjero.
Existe el riesgo de que el progenitor o la progenitora no pidan autorización para salir del territorio nacional y tengan la suerte de que los funcionarios no controlen si los menores viajan con autorización del otro progenitor.
Son muchos, los casos en los que hay sentencia de medidas paterno-filiales donde se atribuye la guarda y custodia a la madre pero la patria potestad, es decir, la toma de decisiones sobre las cuestiones más importantes de los menores, es compartida, debe solicitarse autorización al progenitor, y en su defecto, solicitar mediante jurisdicción voluntaria, la autorización judicial, siempre y cuando, la salida del país sea más beneficioso para el buen desarrollo evolutivo del menor.
En caso de que no se consiga la autorización de forma extrajudicial, se deberá presentar demanda con la documentación que certifique que no hay riesgo de no retorno voluntario así como, en el caso de que sea una demanda para la salida permanente del país, se pueda probar la oferta de trabajo para poder justificar la salida al extranjero.
Una de los problemas que derivan el traslado de los menores al país de origen del progenitor custodio, es que el progenitor que reside en España, interpreta esta situación como pérdida de derecho de visitas con sus hijos y sólo obligaciones de pago de pensión de alimentos. Además, surgen muchas dudas acerca de quién paga los gastos de traslado para que el progenitor no custodio pueda ver a sus hijos.
Tras la práctica en los juzgados, el Fiscal, siempre alega que en compensación a la pérdida de visitas frecuentes y el tener que ver a sus hijos una vez al año, se debe pagar los gastos de viaje del menor para poder visitar al progenitor con el que no convive, o bien, a medias o bien pagarlo el progenitor que tenga la custodia.
Hace varios años, siempre se trasladada el padre hasta el país extranjero, actualmente, debido a la demanda, son las compañías aéreas, quienes ofrecen el servicio de acompañamiento a menores que van a visitar a sus padres a España, sin tener que ir el progenitor custodia junto con el menor.
Por ende, a la hora de tomar decisiones sobre las cuestiones más importantes de nuestros hijos, si siempre se ponen impedimentos por parte de uno de los progenitores para dar consentimiento o autorización, es recurrente que se acuda a la vía judicial, para que sea, o bien el padre o la madre quien tengan el ejercicio exclusivo de la patria potestad.
En caso de que usted se encuentre en trámites de separación y sospeche que el progenitor o la progenitora quieren salir del país con los menores sin su autorización, solicite la medida cautelar de prohibición de salida del país así como la retirada de los pasaportes vigentes de los menores.
VERA MONFORT
Abogada en Sánchez Abogados
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