
Un retorno voluntario bien realizado nos permite que una vez cumplido el tiempo pactado de no retorno el ciudadano extranjero pueda solicitar volver a España con todas las garantías que pudimos dejar firmadas al momento de partir.
Existen varias posibilidades de volver dependiendo del tipo de tarjeta que teníamos en el momento de realizar el retorno voluntario siendo muchos más fáciles para una persona que tenía residencia de larga duración que para aquellos que tenían un permiso de residencia temporal.
¿Cuál es el proceso que se debe hacer para retornar a España?
La ley dice que las personas que realizaron el retorno voluntario una vez cumplido el plazo de no retorno y dependiendo del tipo de tarjeta podrán solicitar el visado en el caso que lo necesite por su nacionalidad, y en estos caso se deberá dirigirse al consulado o embajada, solicitar el visado de residencia y trabajo por cuenta ajena es decir que vuelves a empezar de cero. En el caso de no necesitar el visado para llegar a España se podrá solicitar el permiso de residencia directamente ante la oficina de extranjeros, cumpliendo en ambos casos será necesario cumplir los requisitos para poder obtener este tipo de residencia.
¿Y en el caso de tener residencia de larga duración el proceso es el mismo?
El proceso se simplifica aun más porque no será necesario que presentes un contrato de trabajo y la tramitación será preferente otorgando el mismo permiso que teníamos.
¿Pueden denegar el visado o el permiso de residencia de nuevo?
Sí, el regreso a España se puede ver truncado si no cumplimos algún requisito de los exigidos por la ley, en estos casos debemos de examinar la denegación detenidamente y asesorarnos por un abogado de confianza ya que es posible que debamos recurrir esta decisión para garantizar nuestro derecho.
Germán Salazar.
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