LAS TARJETAS DE IDENTIDAD DE EXTRANJEROS NO INCLUIRÁN EL NOMBRE DEL CÓNYUGE PARA EVITAR DISCRIMINACIÓN POR ORIENTACIÓN SEXUAL.
Las tarjetas de identidad de extranjero no incluirán el nombre del cónyuge reagrupante para evitar discriminación por orientación sexual, como solicitó el Defensor del Pueblo.
La Institución recibió la queja de un ciudadano que denunciaba haber sufrido trato discriminatorio al ser cónyuge de ciudadano español, pues en el reverso de su tarjeta de residencia permanente figuraba el nombre de su pareja.
El Defensor del Pueblo solicitó a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras que en las tarjetas de identidad de extranjero sólo se indicara el número de Documento Nacional de Identidad de la persona reagrupante para erradicar toda discriminación por razón de orientación sexual.
La Comisaría General de Extranjería ha atendido la solicitud de la Institución, y ha dado instrucciones para que en las tarjetas de identidad de extranjero sólo se incluya el NIE o el DNI de la persona con la que se le vincula por parentesco, matrimonio u otra relación de afectividad.